Con el fin de regular la actividad de los deportistas del Club para adecuarla convenientemente a los fines de éste, se establecen para la temporada 2004 – 2005 las siguientes NORMAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN INTERNO:
1ª | El/la patinador/a deberá tener en vigor su licencia federativa anual, emitida por la Federación Castellano-Manchega de Patinaje Artístico. |
2ª | El patinador/a asistirá a todos los entrenamientos del Club, salvo causa suficientemente justificada, con puntualidad, debidamente equipado para la práctica del patinaje artístico y con el chándal oficial del Club. |
3ª | El patinador/a participará en todas las Competiciones, Pruebas de Debutantes, Trofeos, Exhibiciones, u otras, en que sea inscrito por el Club. |
4ª | En el caso de que un/a patinador/a desee participar a título individual en algún evento no conocido o no previsto por el Club, bien sea competición, prueba de debutantes, exhibición o Trofeo, deberá solicitar la correspondiente autorización a la Comisión Directiva a través del Delegado del Club con antelación mínima de quince días a la fecha prevista para dicho evento, quedando obligado el patinador/a a cumplir la resolución que adopte aquélla. |
5ª | Para acudir y participar en cualquier Competición, Prueba de Debutantes, Trofeo, Exhibición, u otras, el patinador/a deberá llevar inexcusablemente la equipación oficial del Club que en cada momento se le indique (parka, chandall, sudadera, polo, traje, medias, coletero, fundas de patines, maillot , pantalón de lycra, bolsón, mochila, etc.). |
6ª | Estas NORMAS DEPORTIVAS DE REGIMEN INTERNO son de obligado cumplimiento para todos los patinadores/as del Club. Su incumplimiento será sancionado por la Comisión Directiva en la forma y grado que ésta acuerde, tras recabar la información que considere oportuno, pudiendo alcanzar incluso a su expulsión del Club. |
EL PRESIDENTE
Francisco Javier Sanz Boixareu